28 de March de 2024
Tabaquismo genera padecimientos costosos para el erario; necesario incrementar impuesto para combatir consumo
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Tabaquismo genera padecimientos costosos para el erario; necesario incrementar impuesto para combatir consumo

May 5, 2018
  • Impacto negativo de 43 mil 97 mdp en finanzas públicas, por atención de enfermedades derivadas de esta adicción

Ciudad de México a 05 de Mayo  (AMPRYT/CÍRCULO DIGITAL).-El diputado Jorge Álvarez Maynez (MC) impulsa una iniciativa para incrementar el impuesto al tabaco, con el fin de combatir su consumo y proteger la salud, y disminuir el impacto negativo en las finanzas públicas generado por la atención de las enfermedades ocasionadas por este hábito.

En su propuesta, que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), señaló que el consumo de cigarros está relacionado con padecimientos como cáncer, cardiopatía isquémica, enfermedades vasculares cerebrales, bronquitis crónica y enfisema pulmonar, todos con un gran costo para el erario.

Precisó que de acuerdo con el estudio “El tabaquismo y su efecto en las finanzas públicas: 2007-2017” en 2017 las enfermedades atribuibles al tabaquismo tuvieron un impacto negativo en el erario por 43 mil 97 millones de pesos.

Explicó que en el documento del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP, de la Cámara de Diputados, se señala que el año pasado se destinaron 81 mil 97 millones de pesos (mdp) para atender dichos padecimientos, mientras que la recaudación por concepto de IEPS al tabaco fue de apenas 39 mil 123.6 mdp. Este ingreso equivale al 45.4 por ciento del gasto en salud para tratar enfermedades de esa adicción.

Por ello, dijo, el CEFP recomendó que “la forma más eficaz para combatir el consumo de este producto es incrementar la proporción de los impuestos como porcentaje del precio, lo cual es compatible con las mejores prácticas internacionales y es característico de los países con políticas públicas exitosas en materia de control del tabaco”.

El diputado refirió que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha propuesto para esos productos del tabaco una tasa impositiva total de al menos el 70 por ciento del precio de venta. En países que han implementado políticas exitosas en la disminución de su consumo como Chile y Finlandia, los impuestos tienen una proporción de 84.9 y 89.1 por ciento del valor de venta, respectivamente.

Además, la OMS indica que en Filipinas, en 2014, tras un año de haber aumentado los impuestos a los cigarros, el gobierno recaudó más ingresos de los previstos, y el 85 por ciento de ellos se utilizaron en servicios de salud.

Los países que han fracasado con estas políticas tienen tasas impositivas menores a las recomendadas por la OMS; por ejemplo, Afganistán (2.30 por ciento), Somalia (4.46), China (50.83), México (67.29) y Brasil (67.95 por ciento).

La OMS señala que los precios elevados son particularmente eficaces para disuadir a los jóvenes de fumar, pues sus ingresos son más limitados que en los adultos. Asimismo, las personas de escasos recursos tendrían un incentivo negativo para continuar su hábito y, por tanto, seguir afectando su salud, indicó el diputado.

Álvarez Maynez comentó que en 2008 fue publicada la Ley General del Control del Tabaco; sin embargo, desde su implementación ha aumentado el número de fumadores activos, ya que, de acuerdo con datos del Patrón de Consumo de Tabaco en México, pasaron de 13.9 millones de personas en 2008 a 17.6 millones en 2016.

Por ello, dijo, la iniciativa retoma la recomendación del CEFP de incrementar la proporción de los impuestos como porcentaje del precio, conforme lo ha demostrado la experiencia internacional, ya que es una de las maneras más eficaces de combatir su consumo. Asimismo, es congruente con la recomendación de la OMS de establecer una tasa impositiva total de al menos el 70 por ciento del precio de venta.

La propuesta, remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, plantea reformar el segundo párrafo del inciso C de la fracción I del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para establecer que, adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de $0.40 por cigarro enajenado o importado.