26 de April de 2024
Finanzas sanas, eje de reforma fiscal
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Finanzas sanas, eje de reforma fiscal

Dic 2, 2016

CIUDAD DE MÉXICO, 02 de diciembre, (AZCAPO NOTICIAS/CÍRCULO DIGITAL).—  El titular de la Procuraduría Fiscal del Gobierno de la Ciudad de México, Alejandro Ramírez Rico, acudió ante diputados de las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y la de Hacienda para presentar propuestas de reformas al Código Fiscal de la Ciudad de México, que pretenden mantener un modelo de finanzas públicas sanas, continuar con los beneficios a grupos vulnerables y promover el uso de medios electrónicos.

Asimismo, dijo que las reformas obedecen a cinco ejes: política tributaria, mejora regulatoria y eficiencia tributaria, derechos, seguridad jurídica, armonización normativa (ante las disposiciones constitucionales y normativas legales, tanto federales como locales), además de medios alternativos de solución y de defensa que propicien un acuerdo de mediación en el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Destacó que la política tributaria se enfocaría a la actualización y seguimiento de la política del gobierno capitalino respecto de no crear nuevos impuestos ni establecer mayores cargas tributarias. “Se previó únicamente actualizar el factor inflacionario, las cuotas y tarifas. En beneficios fiscales se propone continuar con el otorgamiento de beneficios fiscales en materia de impuesto predial, derechos por el suministro de agua, sobre tenencia vehicular, entre otros.”

El funcionario propuso adecuar disposiciones para reforzar la aplicación de beneficios, como la reducción del 55 por ciento en derechos respecto de manifestaciones en construcciones irregulares, y que sólo se aplique una vez a fin de desincentivar la realización de este tipo de edificaciones.

En este sentido, la reducción fiscal para aquellas personas que adquieran o regularicen una vivienda de interés social deberá ser aplicada por personas físicas a fin de evitar interpretaciones.

En cuanto a las mejoras regulatorias y eficiencia tributaria, el funcionario dijo que se busca promover el uso de medios electrónicos en la declaratoria de exención por concepto de impuesto predial, la presentación del permiso, autorización o aviso para la realización de espectáculos públicos y en la aplicación de reducciones fiscales.

Alejandro Ramírez Rico señaló que algunas de estas modificaciones derivan del ordenamiento jurídico de la Reforma Política de la Ciudad de México, por lo que sustituirán la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México, y homologarán cuestiones referentes a la aplicación del Sistema Penal Acusatorio.

Dijo que también se suprime la figura de Formas Valoradas y que la emisión, distribución y control de formatos para cobro, correrá a cargo de la unidad generadora.

Respecto de los servicios de hospedaje en casas particulares, es necesario regular esta situación para que se inscriban en el padrón con el correspondiente pago de impuesto a través de la inclusión de personas físicas o morales que a nombre propio o como intermediario, ofrezcan servicios relacionados, advirtió.

También se considera normar que en el caso de que la autoridad detecte tomas clandestinas de agua, además de cancelar la instalación se cobrarán los adeudos generados.

En el caso de los derechos, el procurador Alejandro Ramírez Rico dijo que se establece el cobro por la extinción del Régimen de Propiedad en Condominio ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Respecto de la colaboración administrativa, mencionó que por la prestación de servicios como la extensión del certificado de libertad de existencia o inexistencia de gravámenes, búsqueda de actas registrales del estado civil, entre otros servicios, no se genere cobro cuando derive de una solicitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Se regulará el cobro por la constancia administrativa que determine medidas de superficie y colindancia de predios para corrección de su descripción en documentos que acrediten la propiedad ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), así como el cobro de los derechos de estudio y descripción o modificación de un predio por alineamiento o derechos de vía.

Sobre el eje seguridad jurídica, planteó que el plazo para la calificación, aceptación y trámite de garantías, sea de 15 días hábiles. Se sustituye la frase Recurso de Revocación o Juicio Contencioso Administrativo por la de un medio de defensa debido a que este recurso en el juicio no es el único sistema de defensa, sino también en la tramitación del juicio de amparo.

Sobre la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, el Procurador Fiscal Alejandro Ramírez Rico expuso que se considerarán tres ejes: armonización contable, cuenta pública y certeza jurídica, a fin de comprometer a las unidades responsables del gasto.