24 de April de 2024
Avala Senado reformas para frenar comercialización de huachicol
CirculoDigital Nacional

Avala Senado reformas para frenar comercialización de huachicol

Abr 17, 2018

Ciudad de México a 17 de Abril (MENSAJE POLÍTICO / CÍRCULO DIGITAL).-El pleno del Senado de la República avaló un paquete de reformas que fortalecen la actuación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en la supervisión de la cadena de producción y comercialización de los hidrocarburos, a fin de evitar que los gasolineros o distribuidores adquieran gasolina robada para venderla.

En el marco de la sesión ordinaria de este martes, se aprobó por 69 a favor, 18 en contra y dos abstenciones la reforma que fortalece las facultades de las autoridades fiscales en el combate al llamado “huachicoleo”, es decir la ordeña de ductos de Pemex, así como la distribución y venta del combustible robado, incluso en gasolineras establecidas.

Se establecen reformas al Código Fiscal de la Federación, la Ley Aduanera, el Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos.

Las reformas fortalecen las funciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los propietarios de gasolineras emitan por obligación comprobantes fiscales digitales por medios propios a través de proveedores de servicios o con los medios electrónicos que en dichas reglas se determine.

Se impondrá sanción de tres a ocho años de prisión a los dueños y administradores de gasolineras que no mantengan los controles volumétricos; carezcan, alteren, inutilicen o destruyan los equipos y programas informáticos destinados a llevar a cabo los controles volumétricos o realicen, permitan o entreguen a la autoridad registros falsos, que induzcan al error, incompletos o inexactos en los controles volumétricos.

Asimismo cuando la Comisión Reguladora de Energía advierta que una persona realiza actividades sin permiso o no acredite la adquisición lícita de los hidrocarburos, se impondrán sanciones como la clausura temporal, total o parcial; inhabilitar o inmovilizar equipos, instalaciones, vehículos o sistemas, así como ordenar la suspensión temporal del suministro.

Se impondrán sanciones como son multas de 35 mil a 61 mil 500 pesos; de tres meses a tres años de prisión, a quien mediante cualquier medio físico, documental, electrónico, óptico, magnético suplante la identidad, representación o personalidad de un contribuyente.

En los argumentos de la reforma aprobada previamente por la Cámara de Diputados y que fue turnada al Ejecutivo federal para su publicación se indica que “el mercado ilícito de hidrocarburos, emanado por el robo de combustible, ha impactado en el mercado formal, ya que algunos distribuidores de gasolinas adquieren combustible robado por sus precios menores, afectando con ello a la industria y al erario”.

Esos distribuidores aprovechan lagunas legales, involucrando a personas físicas o jurídicas con actividades reguladas de transporte, almacenamiento y comercialización de combustibles, y vulnerando los sistemas de medición y control, para crear esquemas de lucro indebido.

También se faculta a la autoridad fiscal a realizar visitas domiciliarias para verificar el correcto cumplimiento de obligaciones fiscales respecto de los registros electrónicos de controles volumétricos, que permitirá identificar la procedencia de los hidrocarburos o petrolíferos.

Se establece un nuevo mecanismo para las visitas domiciliarias para circunstanciar, en cualquier lugar o establecimiento, la obtención de ingresos y del valor de los actos o actividades.

La Ley Aduanera se reforma para establecer nuevas medidas que fortalezcan los controles aduaneros, a fin de evitar el robo y contrabando de combustibles, así como para hacer más eficiente la logística de las operaciones de comercio exterior en materia energética.

Se prevé un plazo máximo de 15 días para almacenaje de combustibles en depósito ante la aduana, a fin de salvaguardar la continuidad, calidad, seguridad, eficiencia y garantía del suministro de dichas mercancías, así como los intereses y seguridad nacionales.

Además, se elimina la posibilidad de que las maquiladoras o empresas con programas de exportación, autorizados por la Secretaría de Economía, puedan importar temporalmente petrolíferos.