26 de April de 2024
Amieva celebra resolución de SCJN sobre fotomultas
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Amieva celebra resolución de SCJN sobre fotomultas

May 2, 2018

CIUDAD DE MÉXICO, 2 de mayo, (MEXIQUEÑO / CDMX MAGACÍN).– El jefe de gobierno de la Ciudad de México, José Ramón Amieva, celebró la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuyos integrantes avalaron la constitucionalidad de las fotomultas, al revocar el amparo otorgado en diciembre de 2016 a Víctor Manuel López Balbuena por el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, el mismo que en su momento concedió la suspensión definitiva de la construcción de la Línea 7 del Metrobús.

Durante la firma de la Declaración entre la CDMX y la Federación Internacional del Automóvil para el derecho de todas las niñas y niños a calles seguras y saludables, el mandatario capitalino sostuvo que esta medida aplicada desde 2015 ha cumplido con el objetivo de reducir la tasa de mortalidad por accidentes de tránsito.

Le aprecio mucho lo que ha determinado la Suprema Corte porque ellos consideran el principio inmediatez. La autoridad debe de actuar inmediatez, es decir, actuar de manera rápida y eficiente para salvaguardar, no es el cumplimiento de la ley. El objetivo, el fin de la norma misma en el caso de las fotomultas es preservar la seguridad de las personas que bajo una condición llámese peatones ocupando cualquier otro tipo de vehículo, comparten el espacio”, indicó el mandatario capitalino.

Amieva Gálvez mencionó que para la administración que encabeza, el tema de las fotomultas es algo que en derecho se denomina Ultima Ratio, porque al no respetar lo que se establece, en este caso en el Reglamento de Tránsito, no hay más opciones que proceder en ese momento en contra del infractor.

Nos gusta aplicar ninguna sanción, pero cuando alguien incurre, se involucra en una acción de no respeto a la cultura y las costumbres que tenemos, hay que sancionar de manera inmediata”, agregó Amieva Gálvez.

De acuerdo con los ministros, las fotomultas no vulneran la garantía de audiencia previa, ello porque este derecho fundamental no es absoluto y puede ser objeto de excepciones.